martes, 2 de noviembre de 2010

Rendición de Cuentas al finalizar la Gestión Municipal

Estimado Sr. Periodista
Cordiales saludos.
Estando próximos a un cambio de gobierno municipal, es necesario tener en cuenta la siguiente información, para su conocimiento y difusión a la comunidad monsefuana.
Atte;
Ing. Alberto Pisfil Capuñay
 
Rendición de Cuentas al finalizar el período de Gestión Municipal
 
Cuando se producen las transferencias de gestión en los Gobiernos Locales como consecuencia de los resultados de un proceso electoral, los alcaldes salientes están obligados a presentar la Rendición de Cuentas máximo 30 días calendario luego de finalizado su mandato. Esto significa que con la debida antelación, los alcaldes deben planificar y organizar el proceso de Rendición de Cuentas a la Contraloría General de la República (CGR) para que en la fecha indicada se reporte toda la información solicitada.
 
La Rendición de Cuentas a la CGR  se puede organizar por fases  como las que se proponen a continuación:
 
Fases
1.-  Organización previa del proceso
¿En qué consiste?
 Es una etapa preliminar  al inicio de la Rendición de Cuentas y que consiste en planificar y organizar el proceso, generando las condiciones favorables para su normal desarrollo.
 
Recomendaciones prácticas
-     Designar al  funcionario responsable de todo el proceso.
-     Constituir el equipo de coordinación integrado por los responsables de planificación y presupuesto, obras y  servicios públicos.
-     Definir la persona o personas encargadas de manejar la plataforma informática de Rendición de Cuentas.
 
2.-  Levantamiento de información
¿En qué consiste?
Es la etapa en la cual se recoge toda la información solicitada por la CGR de acuerdo a la  Directiva Nº 04-2007-CG/GDES y sus  Formatos anexos.
 
Recomendaciones prácticas
 -    Revisar de manera previa y con detenimiento la información solicitada en la Directiva y sus Formatos.
-     En base al requerimiento de información, el Equipo de Coordinación solicita a las áreas involucradas  la información pertinente dando un plazo razonable y perentorio de entrega.
-     La información solicitada debe ser en rigor, la contemplada en cada uno de los Formatos de tal manera que luego sirva para efectuar el registro en el aplicativo informático.
-     El Equipo de Coordinación verifica y realiza el control de calidad de la información recibida observando que esta corresponda efectivamente a lo requerido.
-     Verificada la información  la información deberá ser entregada al/los  responsable/s de registrar en el aplicativo informático.
 
3.-  Reporte virtual
¿En qué consiste?
Consiste en el registro de toda la información pertinente en el aplicativo informático de la CGR   creada específicamente para este fin.
 
Recomendaciones prácticas
-     Acceder y revisar con detenimiento el manual del usuario del aplicativo informático de la CGR y que puede ser obtenido de su portal.
-     Luego de dominar el procedimiento de registro informático, proceder al reporte de la información de acuerdo al manual.
-     Imprimir los reportes registrados y enviados a la CGR.
 
4.-  Reporte físico
¿En qué consiste?
Referido al envío físico de la Rendición de Cuentas a la CGR.
 
Recomendaciones prácticas
-     Remitir mediante oficio, los reportes y formatos impresos a la CGR  (ver modelo en el Anexo 1 de la Directiva).
 
El Informe de Rendición de Cuentas Anual o Final:
Está constituido por los siguientes Formatos: 
 
F1: Información General.
F2: Situación de los Documentos de Gestión
F3: Alineamiento de Mandato y Objetivos Estratégicos
F4: Alineamiento de Objetivos y Programas / Proyectos
F5: Alineamiento de Actividades (Distintas a las Actividades de Proyectos)
F6: Matriz de Evaluación de Programas y/o Proyectos
F7: Resultado de Actividades
F8: Movimiento de Personal
F10: Información Financiera
 
Información Complementaria:
F9A:   Tecnologías de Información
F9B:   Infraestructura
F9C.   Procesos
F9D:   Cultura y Clima Organizacional
F9E:   Gestión de las Personas
 
Es necesario tener en cuenta que la omisión en la presentación del “Informe de Rendición de Cuentas Anual o Final”, así como su presentación  tardía  constituye infracción de acuerdo a lo dispuesto  en el artículo 42 incisos f) y g) de la Ley Nº 27785, concordante con el artículo 15 inciso d) del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Contraloría General aprobado por Resolución de Contraloría Nº 367-2003-CG de 31 de octubre de 2003.
 
BASE LEGAL:
-     Artículo 42 incisos f) y g) de la Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
-     Resolución de Contraloría Nº 367-2003-CG
-     Directiva N°04-2007-CG/GDES

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Si pues, pero nadie la cumple y la ciudadania no se organiza, incluso los profesionales algunos de ellos solo atina a criticar y no se involucran en estos temas de transparencia y lucha contra la corrupcion. De esta forma, los monsefuanos estan retrocediendo por culpa de todos.

GUILLERMO BONILLA AREVALO dijo...

LUCHA CONTRA LA CORRUPCION: AGENDA PENDIENTE
---AL TERMINAR LA CAMPAÑA ELECTORAL Y SABIENDOSE QUE MONSEFU SERA GOBERNADO LOS PROXIMOS CUATRO AÑOS POR RITA AYASTA, QUEDA LA ESPERANZA QUE CON ESTE NUEVO GOBIERNO UNA DE LAS PRINCIPALES TAREAS SERA SIN LUGAR A DUDA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, PUESTO QUE POR AÑOS HA SIDO UNA TAREA PENDIENTE Y SOBRE TODO CON UN GOBIERNO LOCAL QUE VA LLEGANDO A SU TERMINO EN MEDIO DE MUCHAS DUDAS RESPECTO AL MANEJO DE LOS RECURSOS PUBLICOS.
---EN UNA SOCIEDAD NADA ES MAS GRAVE QUE LA CORRUPCION, PUES CON ELLA SE PONE DE MANIFIESTO EL ABUSO DEL PODER, LA ARROGANCIA DE LA AUTORIDAD Y EL SOCAVO DE LA DEMOCRACIA; DEJANDO GRANDES SECUELAS EN EL CAMINO Y UNA SOCIEDAD QUE CADA DIA QUE PASA VA PERDIENDO LA CONFINANZA EN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS EN ESPECIAL DE SU MUNICIPALIDAD, Y SOBRE TODO EN LA FIGURA DE SU ALCALDE.
---QUE GRAN NUEVA OPORTUNIDAD QUE EL ELECTORADO LE HA DADO A RITA AYASTA PARA HACER DE SU NUEVO GOBIERNO, UN GOBIERNO LIMPIO Y TRANSPARENTE, CON ACCESO A LA INFORMACION QUE TODO CIUDADANO Y CIUDADANA DEBE TENER A LA MANO PARA JUZGAR SI LOS RECURSOS PUBLICOS ESTAN ADECUADAMENTE INVERTIDOS Y SOBRE TODO RECUPERAR LA AUTORIDAD Y ESTIMA PERSONAL QUE TODA AUTORIDAD DEBE TENER PARA GOBERNAR EN UN CLIMA DE PAZ Y AMISTAD; SIN EMBARGO, DE NO SUCEDER ESTO, ESTAREMOS LLEGANDO A LIMITES NO PERMITIDOS POR UNA SOCIEDAD MONSEFUANA QUE ESPERA ANSIOSAMENTE UN CAMBIO DE ACTITUD Y UN PROGRESO DIGNO.
---POR SU PARTE, LOS MONSEFUANOS Y MONSEFUANAS, TIENE A SU VEZ LA RESPONSABILIDAD DE GENERAR HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA QUE LA CORRUPCION EN EL GOBIERNO LOCAL NO SE ENQUISTE: EL COMITÉ DE VIGILANCIA CIUDADANA QUE FUE CREADO EN EL 2003, DEBE SER UNA DE LAS PRINCIPALES INSTITUCIONES DE LUCHAR CONTRA ESTE FENOMENO, DESDE DONDE LA SOCIEDAD CIVIL DEBE DENUNCIAR LOS ACTOS DE CORRUPCION, PERO PARA ELLO DEBEMOS RETOMAR LAS RIENDAS DE ESTE ESPACIO CIUDADANO QUE EN LOS ULTIMOS AÑOS HA IDO PERDIENDO VIGENCIA Y CON ELLO DANDO LUGAR A QUE LA CORRUPCION SE CONVIERTAD EN UNA ACTIVIDAD IMPUNE O EN MEJOR DE LOS CASOS, PERMITIENDO QUE LA AUTORIDAD NO RINDA CUENTAS A SUS CIUDADANOS.
---NO HAY MEJOR GOBIERNO QUE LA TRANSPARENCIA Y NO HAY MEJOR TRANSPARENCIA QUE HACER PARTICIPAR A SOCIEDAD CIVIL EN EL GASTO PUBLICO, A TRAVES DE SUS PROPIAS INSTITUCIONES, ENTRE ELLAS EL FRENTE DE DEFENSA, EL COMITÉ DE VIGILANCIA, LA MESA DE CONCERTACION, ETC; PERO SI ESTAS INSTITUCIONES NO SE ENCUENTRA EMPONDERADAS Y FORTALECIDAS POR LA LEGITIDAD Y COMPROMISO DE SUS MIEBROS, ES MUY POCO LO QUE SE PUEDE AVANZAR EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.
EN DEFINITIVA, AL NUEVO GOBIERNO LOCAL LE ESPERA UNA GRAN TAREA, PERO TAMBIEN LA SOCIEDAD CIVIL DEBE PONER DE SU PARTE, PARA QUE AL FINAL DE LA JORNADA MUNICIPAL, PODAMOS DECIR: MONSEFU AVANZA EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION.
AUTOR DE LA NOTA: GUILLERMO BONILLA AREVALO
pollybonilla@hotmail.com

Anónimo dijo...

ABURRANSEEEEEEEEEEEEEE !!!!!!!!!!!!!!